Mínimo
No se puede parcializar
Puedes pagar el monto mínimo del Estado de Cuenta; en ese caso se aplican los intereses informados en él.
A cualquier negocio le puede pasar. Si te atrasaste, no tienes que resolverlo por tu cuenta: te acompañamos para que te pongas al día.
Actuar a tiempo es la mejor forma de cuidar tu cupo y tu negocio.
Cuéntale tu situación. Un ejecutivo de CRECCU te dará las alternativas.
Haz una revisión interna de tus ventas y gastos para ponerte al día.
Siempre considera pagar el monto mínimo especificado en tu Estado de Cuenta.
Información clara para que tomes decisiones con tranquilidad.
Mínimo
Puedes pagar el monto mínimo del Estado de Cuenta; en ese caso se aplican los intereses informados en él.
Mora
Se suman intereses por mora y gastos de cobranza, extrajudicial o judicial.
15 días
Desde el décimo quinto día corrido de mora se puede inhabilitar tu cuenta para nuevas compras.
45 días
Transcurridos 45 días desde el vencimiento se informa a Dicom u otro registro público de morosidad.
Descárgalas, imprímelas y úsalas a diario para tener mejor control de tu negocio.
Anota tus ventas diarias y ten mejor control de tu negocio.
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Registra a diario las salidas de dinero de tu negocio.
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¿Cómo usarlo de manera correcta y exitosa?
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Antes del 20 de cada mes.
Descargar PDF ›Debes conversarlo con tu vendedor CCU. Además, recomendamos hacer una revisión interna de tu negocio y ser muy ordenado para ponerte al día.
Un ejecutivo de CRECCU te dará las alternativas, pero es importante que siempre consideres cumplir con el pago mínimo que se encuentra especificado en tu Estado de Cuenta.
Si pagas el monto mínimo señalado en el Estado de Cuenta, se aplicará el cobro de intereses informado en el mismo documento.
Si pagas menos del monto mínimo, además de esos intereses se aplicarán intereses por mora (retardo en el pago oportuno) y gastos de cobranza (gestiones de cobranza extrajudiciales y gastos de gestiones de cobro judicial). A partir del décimo quinto día corrido desde la mora se podrá inhabilitar la cuenta para compras futuras.
Una vez transcurridos 45 días desde el vencimiento de pago de una o más cuotas se informa a Dicom u otro registro público de morosidad.
Tu ejecutivo CRECCU conoce tu zona y tu negocio. Juntos encontraremos la mejor alternativa.
¿Tienes dudas? Estamos para ayudarte
Habla con tu ejecutivo o escríbenos.